13 septiembre 2012

Ayudas para las matrículas de los programas de doctorado 2012 (FPI)

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La convocatoria 2012 de concesión de ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación ha abierto el plazo para que los centros de I+D puedan solicitar las ayudas para el pago de las matrículas de los programas de doctorado del Subprograma de Formación de Personal Investigador del Ministerio de Economía y Competitividad.

Estas ayudas tienen por objeto el pago de las matrículas de los correspondientes programas de doctorado o máster que formen parte del programa de doctorado que realice el personal investigador en formación, en fase de beca, que tenga una ayuda al amparo de la presente convocatoria o anteriores, correspondientes a los cursos 2011-12 y/o 2012-13, y que sean realizados en una universidad española, pública o privada.

Las solicitudes deben ser cumplimentadas por las universidades públicas y las universidades privadas sin fin de lucro, en nombre del personal investigador en formación y previa su autorización, en las que el citado personal, en fase de beca, esté matriculado en el correspondiente programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado.

La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del MINECO mediante la firma electrónica del representante legal del centro I+D.

El plazo de presentación de las solicitudes de participación es del 13 al 27 de septiembre de 2012 a las 15:00 horas.

Beneficiarios

Podrá ser beneficiario el personal investigador en formación, en fase de beca, que esté matriculado en el correspondiente programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado.

Estas ayudas serán incompatibles con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para los mismos créditos que se acrediten en la solicitud.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes serán cumplimentadas por las universidades públicas y las universidades privadas sin fin de lucro, en nombre del personal investigador en formación y previa su autorización, en las que el citado personal, en fase de beca, esté matriculado en el correspondiente programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado.

El documento por el cual el investigador en formación autoriza a la universidad en la que está matriculado a presentar esta solicitud en su nombre no ha de ser adjuntado a la solicitud, quedando la universidad como depositaria del mismo.

Cada entidad solicitante recogerá en la solicitud la relación de investigadores en formación que están matriculados en la misma en un programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado, con indicación del número de créditos.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 13 al 27 de septiembre de 2012 hasta las 15.00.

La presentación de la solicitud se realizará a través de la cumplimentación por el representante de la entidad del formulario electrónico de solicitud, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad (área del suprimido Ministerio de Ciencia e Innovación).

Una vez finalizada la cumplimentación, el representante de la entidad validará y enviará telemáticamente la solicitud. El representante legal de la entidad solicitante deberá completar la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica. La firma se realizará en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad (área del suprimido Ministerio de Ciencia e Innovación) con un sistema de firma electrónica avanzada. No será admisible la firma y presentación de solicitudes en soporte papel.

Si la presentación de la solicitud no se realiza utilizando los medios electrónicos citados en este apartado se requerirá a la entidad solicitante, mediante publicación en la sede electrónica del Ministerio Economía y Competitividad (área del suprimido Ministerio de Ciencia e Innovación), la correspondiente subsanación, advirtiendo que de no ser atendido dicho requerimiento en el plazo de diez días hábiles la presentación carecerá de validez.

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