23 noviembre 2011

Proponen al espacio marino del Estrecho de Gibraltar occidental como LIC

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El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) propone el espacio marino 'Estrecho Occidental' como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de la red Natura 2000, y publica en su página web el procedimiento de la información pública de la propuesta.

Según ha informado en una nota, el MARM sostiene que el 'Estrecho Occidental' cumple todos los requisitos para ser propuesto como LIC e integrarse en la Red Natura 2000, ya que el espacio es "exclusivamente marino y adyacente a los LIC existentes en el área que incluyen superficie marina y que ya fueron integrados en la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Comisión Europea".

Además, indica que el Estrecho es la única conexión natural entre el Mar Mediterráneo y el Océano Atlántico, lo que produce un sistema de co- rrientes que es responsable del equilibrio hídrico-salino en la cuenca mediterránea y del transporte de biomasa desde el Atlántico al Mediterráneo.

Igualmente, apunta que la productividad biológica de esta zona permite la existencia de una "extraordinaria" biodiversidad, caracterizada por la presencia habitual de numerosas especies de cetáceos, incluyendo una "importante" población de delfín mular (Tursiops truncatus), especie incluida en la Directiva Hábitats y de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. También la marsopa (Phocoena phocoena) está presente en las aguas del 'Estrecho Occidental'.

El Estrecho constituye asimismo un lugar "clave" para la conservación de la tortuga boba (Caretta caretta), especie prioritaria y cuyas poblaciones frecuentan el área o lo utilizan como corredor en sus viajes migratorios entre los lugares de desove y alimentación.

Otras especies de cetáceos que habitualmente se encuentran presentes en la zona o la utilizan en sus tránsitos migratorios son la orca, el delfín común, el delfín listado, el calderón común, el cachalote y el rorcual común, todos ellos incluidos en el Anexo IV de la Ley.

De esta forma, el MARM inicia el procedimiento de información pública, tal y como se establece en la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, indicando los tipos de hábitats naturales y las especies de interés comunitario existentes en dichos lugares, por un espacio de 15 días.

Durante el mencionado periodo de 15 días cualquier persona física o jurídica podrá presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes. Los límites del espacio propuesto en este proceso de información pública podrán ser modificados como consecuencia de las alegaciones y sugerencias presentadas por las personas físicas o jurídicas y por las administraciones públicas interesadas.

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